pregmática de aranceles generales
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por don Francisco de Quevedo y Villegas
poeta de cuatro ojos
Nos, la Razón, absoluto señor, no conociendo superior para la reformación y reparo de costumbres, contra la perversa necedad y su porfía que tanto se arraiga y multiplica en daño notorio nuestro y de todo el género humano, por evitar mayores daños y que la corrupción de tan peligroso cáncer no pase adelante, acordamos, y mandamos dar y dimos estas nuevas leyes a todos los nacidos y que adelante nacieren, por vía de hermandad y junta, para que como tales y por Nos establecidas, las guarden y cumplan en todo y por todo, según aquí se contienen y so las penas de ellas.
Otrosí, porque lo primero que se debe y conviene prevenir para la buena expedición y ejecución de justicia son oficiales de legalidad y confianza, tales cuales convenga para negocio tan importante y grave, nombramos y señalamos por jueces a la Buena Política, Curiosidad y Solicitud, nuestras legadas, para que como Nos y representando nuestra persona misma puedan administrar justicia, mandando prender, soltando y castigando, según hallaren por derecho. Y Nos desde aquí señalamos por hermanos mayores de esta liga a los que fueren celosos, cada uno en su lugar, y al que lo fuere más que los otros.
Primeramente, a los que fueren andando y hablando por la calle consigo mesmos, y a solas en su casa lo hicieren, los condenamos
a tres meses de necios, dentro de los cuales mandamos que se abstengan y reformen, y no lo haciendo, les volvemos a dar cumplimiento
a tres términos perentorios, dentro de los cuales traigan certificación de su enmienda, pena de ser tenidos por precitos; y mandamos a los
hermanos mayores los tengan por encomendados.
Los que paseándose por alguna pieza enladrillada o losas de la calle fueren asentando los pies por las hiladas y ladrillos y por el orden de
ellos, si con cuidado lo hicieren, les condenamos en la mesma pena.
Los que yendo por la calle, por debajo de la capa sacaren la mano y fueren tocando con ella por las paredes, admítense por hermanos y
se les concede seis meses de aprobación, en que se les manda se reformen, y si lo hicieren costumbre, luego el hermano mayor les dé
su túnica y las demás insinias y sea tenido por profeso.
Los que jugando a los bolos, si acaso se les tuerce la bola tuercen el cuerpo juntamente, pareciéndoles que así como ellos lo hacen lo hará
ella, declarámoslos por hermanos ya profesos. Y lo mismo mandamos entender con los que semejantes visajes hacen derribándose alguna
cosa, y con los que llevando máscara de matachines o semejantes figuras van por de dentro de ellas haciendo gestos como si real y
verdaderamente les pareciese que son vistos hacerlos por de fuera, no lo siendo; y con los que contrahaciendo o cortando con algunas
malas tijeras o trabajando con otro algún instrumento, tuercen la boca o sacan la lengua o hacen visajes tales.
Los que cuando esperan al criado habiéndolo inviado fuera, si acaso se tarda, se ponen a las puertas y ventanas pensando que por aquello
se dará más priesa y llegará más presto, condenamos a los tales a que se retraten y reconozcan su culpa, so pena que no lo haciendo se
procederá contra ellos.
Los que brujulean los naipes mucho, sabiendo de cierto que no por aquello se les ha de pintar o despintar de otra manera que como les
vinieren a las manos, les condenamos a lo mesmo. Y por causas que para ello nos mueven les damos licencia que, sin que incurran en
otra pena, sigan su costumbre, con tal condición que cada vez que vieren al hermano mayor o pasare por su puerta, hagan reconocimiento
con descubrir la cabeza.
Los que cuando están subidos en alto escupieren abajo, ya sea por ver si está el edificio a plomo, ya si le acierta con la saliva a alguna
parte que señalan con la vista, los condenamos a que se retraten y reformen dentro de un breve término, pena de ser habidos por profesos.
Los que yendo caminando preguntan a los pasajeros cuánto queda hasta la venta o si está lejos el pueblo, por parecerles que por aquello
llegarán más presto, les condenamos en la misma pena, dándoles por penitencia la del camino y la que van haciendo con los mozos y
las mulas y venteros; lo cual se ha de entender teniendo firme propósito de la enmienda.
Los que orinando hacen señas con la orina señalando en las paredes o dibujando en el suelo o ya sea orinando a hoyuelo, se les da
la misma pena; y que si perseveraren sean castigados de su juez y entregados al hermano mayor.
Los que cuando el reloj toca la hora preguntan cuántas da, siéndoles más fácil y decente contarlas, lo cual procede las más veces de
humor colérico abundante, mandamos a los tales que tengan mucha cuenta con su salud y siendo pobres que el hermano mayor los
mande recoger al hospital, donde sean reparados con algunas guindas o naranjas agrias, porque corren riesgo de ser muy presto
modorros.
Los que habiendo poco que comer y muchos comedores se divierten a contar cuentos, gustando más de ser tenidos por lenguaces,
decidores y graciosos, y quedarse hambrientos, por ser tintos en lana y batanados, los remitimos con los incurables y mandamos
se tenga mucha cuenta con ellos, porque están en siete grados y falta muy poco para recogerlos.
Los que por ser avarientos o por otra cualquiera causa o razón que sea, como no nazca de fuerza o de necesidad (que no se deben
guardar leyes en los tales casos), cuando van a la plaza compran de lo más malo por más barato como si no fuera más caro un médico,
un boticario y un barbero todo el año en casa curando las enfermedades que los malos mantenimientos causan, condenámoslos en
desgracia general de sí mismos, declarándolos, como los declaramos, por profesos, y los mandamos no lo hagan o que sean por
ello castigados de los curas, sacristanes y sepultureros de su parroquia, más o menos, conforme al daño.
Los que las noches de verano y algunas en el invierno se ponen con mucho espacio, pasean sus corredores y patios, en ventanas
o en algunas otras partes, ensillados y enfrenados, y de las nubes y el aire fueren formando figuras de sierpes, de leones y de otros
animales, los declaramos por hermanos. Empero, si aquel entretenimiento no lo hicieren para dar en sus casas lugar o tiempo a lo
que algunos acostumbran por sus intereses, para ver el signo de Tauro, Aries y Capricornio (el cual torpísimo caso y feo condenamos),
los que han sido tenidos por tales hermanos no gocen los privilegios de ellos, ni los admitan en los cabildos, ni se les dé cera el día
de su fiesta.
Los que llevando zapatos negros o blancos, ya sean de terciopelo de color, para quitarles el polvo que llevan o para dar lustre, lo
hicieren con la capa (como si no fuera más noble y de mejor condición y costosa), por limpiarlos a ellos la dejan a ella sucia y
polvorosa, los condenamos por necios de vaqueta, y siendo nobles, por de terciopelo de dos pelos, fondo en tonto.
Los que, habiéndose pasado algunos días que no han visto a sus conocidos, cuando acaso se hallan juntos en alguna parte, se dicen
el uno al otro: «¿Vivo está vuesa merced?», «¿Y vuesa merced en la tierra?», no obstante que sea encarecimiento, los nombramos
por hermanos, pues tienen otras más propias maneras de hablar, sin preguntar si está en la tierra vivo el que nunca fue al cielo y
está presente. Y les mandamos poner a los tales una seña admirativa y que no anden sin ella por el tiempo de nuestra voluntad.
Los que después de haber oído misa y cuando recen las avemarías, a la campana de alzar, o a cualquiera señal al entrar en la iglesia,
en acabando las oraciones dicen: «Beso las manos de vuesa merced», aunque se suponga se den rendimiento de gracias, habiendo
de dar la cabeza de ellos los buenos días o noches, los condenamos por hermanos, y los condenamos que abjuren de la que siempre
traerán consigo, siendo señalados con su necedad, pues en más estiman un «Beso las manos» falso y mentiroso (que ni se las
besarían aunque los viesen obispos, y más las de algunos, que las traen llenas de sarna o lepra, y otros con uñas caireladas, que ponen
asco mirarlas), que no el «Dios os dé buenas noches» o «buenos días». Y lo mismo les mandamos a los que responden con esta salva,
cuando estornuda alguno, pudiéndole decir «Dios os dé salud».
Los que buscando a uno en su casa y preguntando por él, se les ha respondido no estar en ella, vuelven a preguntar: «¿Pues ha
salido ya?», dámoslos por condenados en rebeldes contumaces, pues repiten la pregunta que ya tienen satisfecha.
Los que habiéndose llevado medio pie, o por mejor decir, los dedos dél en un canto, con mucha flema llenos de cólera vuelven a
mirarle muy despacio, les condenamos en la misma pena y les mandamos que la quiten o no la miren, pena de que se les
agravarán con otras mayores.
Los que sonándose las narices, en bajando el lienzo lo miran con mucho espacio como si les hubieran salido perlas por ellas y
las quisieran poner en cobro, condenámos los por hermanos y que cada vez que incurrieren den una limosna para el hospital
de los incurables, porque nunca falte quien haga otro tanto por ellos.
Los que teniendo particular amistad con un amigo, cada vez que se ven, aunque sean en un día tres veces, le preguntan:
«¿Cómo está vuesa merced? ¿Cómo le va?», les condenamos por necios de marca mayor, pues basta que le pregunte cada
semana una vez, y esto ha de ser no le viendo más en toda ella.
Los que estando enamorados, ora por ser bizarra su moza, ora por comunicar la alegría que tienen de tratar de ella y que la vean,
llevaren a sus amigos a su casa o los dejaren en ella solos o en la cama, o yéndose fuera del lugar se la encomendaren y pidieren
que la visiten, los condenamos a que cuando vuelvan de la jornada la hallen amancebada con ellos.
Los que topando una buscona en la calle y pidiéndoles luego que la den algo lo hicieren, los condenamos a que se vayan con
ella hasta su casa y en ella, en su presencia, le den a otro lo que ellos la han dado y se vuelva sin uno ni otro.
Los que habiendo jugado a los naipes o otros juegos, aunque hayan perdido, ora sea por mostrarse generosos, ora por complacer
algunas damas, dieren barato, los declaramos por ya profesos, y mandamos que se tenga particular cuenta con ellos, porque
falta muy poco para echarlos en los incurables.
Los que escribiendo cartas o billetes, por mostrar que tienen sutil ingenio, escribieren palabras o vocablos no usados, les
condenamos a que si en ellos enviaren a pedir alguna cosa de que tengan mucha necesidad de ella, no se la invíen por no
entendidos.
Los que yendo a caballo con espuelas calzadas, ora se quieran adelantar, ora por otra causa, dijeren: «Arre», los condenamos
a que se quiten las espuelas, y caminando sin ellas no incurran en esta pena; y lo mismo a los que llevando la rienda en la
mano dijeren: «Jo, macho», pues le pueden tener con ella.
Los que habiéndose hallado en un punto con otro, ora sea con cólera, ora por deshonrarle, le llamaren cicatero, le condenamos
que le llamen lo mismo, y sobre ello sea preso y llevado a las galeras por diez años, donde con los rebenques del grumete
hagan las amistades.
Los que habiendo menester una cosa, inviándosela a pedir prestada la dieren, los condenamos, en desgracia de sí mismos,
que nunca más la vean.
Los que habiendo oído misa y sermón dijeren que se dijo en él cosa muy notable y preguntando por algunas de ellas o en
particular, no supieren dar razón de ninguna, los condenamos de cabeza, pues de ella dicen lo que no saben ni alcanzan.
Los que estando en la cama con mujer, queriendo hacer su gusto, se lo piden, los condenamos a que ellas lo hagan sin
pedírselo a ellos, por ser necios abatanados.
Los que estando en alguna conversación de regocijo dicen «No hay más Flandes», por encarecimiento de gusto, les condenamos
a que sean desdichos en presencia del hermano mayor y hermandad, pues hasta ahora no hemos visto de aquellos estados
cosa de entretenimiento, sino ojos sacados, tuertos o brazos quebrados y piernas.
Los que yendo caminando, en las ventas o mesones por donde pasaren hurtaren a los venteros o mesoneros cualquier género
de hurto, o en la cuenta que hicieren les echaren de clavo alguna cantidad, los absolvemos, damos por libres y facultad para que
lo puedan continuar sin que por ello incurran en pena alguna. Y asimismo absolvemos a los mismos venteros o mesoneros
de lo que ellos en cualquier manera hubieren hurtado en esta razón, aunque sea en mucha más cantidad de la que les hurtaron a
ellos, por conmutación que de ello hacemos.
Los que casaren con mujer que saben ha gozado otro, ora sea por su hermosura o por su riqueza que tenga, los condenamos a
que de ninguna cosa que vean en su casa puedan tener queja; a los cuales mandamos que cuando entraren en ella sean
obligados a ir hablando recio para que haya lugar de ponerse cada uno en salvo.
Los que sirviendo a alguna dama la llevaren en casa del mercader y mandaren que se le dé todo cuanto pidiere, los mandamos
remitir con los incurables y mandamos se tenga mucha cuenta con ellos, porque corre muy gran riesgo su cabeza. Y juntamente
absolvemos a los mercaderes de todo lo que en esta razón tomaren por modo de hurto o latrocinio, con declaración que
hacemos que si después no cobraren cantidad ninguna, no puedan pedir la mercadería en el estado que estuviere, como
muchos han intentado. Y que este capítulo se fije y ponga a la puerta de Guadalajara y en las demás partes donde vivieren
mercaderes para que venga a noticia de todos y de ello no pretendan ignorancia.
Los que habiendo jugado a los naipes y perdido alguna cantidad, después de haberse salido del juego publicaren que se lo ganaron
con fullería y naipes hechos, y no se hubieren quedado con ellos para averiguación del caso, declaramos por necios pasados
en cosa juzgada. Y absolvemos y damos por libres a los que les ganaron y ponemos perpetuo silencio a los perdidosos para
que en ningún tiempo les puedan pedir cosa en razón de ello.
Los que estando en el mismo juego, habiendo descubierto el contrario flux, primera o cincuenta, fueren con mucho cuidado
a mirar la carta que les venía, y haciendo primera o otra cosa de buen juego lo publicaren y fueren mirando, los declaramos
por necios de cosa juzgada y por sospechosos en el pecado nefando, pues las traseras no valen sino en Italia.
Los que yendo por la calle les diere algún encuentro alguna bestia o salpicare, y ellos con mucha cólera les dieren con armas,
coz o puñete, de manera que la cabalgadura no pueda caminar con la carga, los condenamos a que luego nuestras justicias
les compelan a que ellos mismos lleven la carga que la tal bestia llevaba.
Los que pasando por alguna calle, de las ventanas o corredores les echaren alguna bacinada, agua sucia o otra cosa,
y movidos de esto llamaren cornudos, putas o otros nombres ignominiosos a los della, los absolvemos y damos por libres,
por causas particulares que para ello nos mueven.
Item, habiendo conocido la naturaleza o inclinación de los barberos a las guitarras, mandamos que para que mejor sean
sus tiendas conocidas y los que dellos tuvieren necesidad puedan saber cuáles son sus tiendas, en lugar de bacías o
cortinas se cuelgue una o dos guitarras, con permisión general que hacemos de que sin embargo de las que estuvieren
colgadas en la tienda puedan tener para tocar ellos y sus amigos hasta dos docenas de ellas, sin que se entienda por esto
el que se les prohíbe el tener juego de ajedrez, damas o otros entretenimientos.
Item, habiendo visto la inumerable multitud de poetas que Dios ha enviado a España por castigo de nuestros pecados,
mandamos que se gasten los que hay, dando término de dos años para que se consuman, y que ninguno lo pueda usar
sin ser examinado por las personas que más eminentes sean en este arte; y no haya más que los tales examinadores,
so las penas contenidas en las ordenanzas que se han de hacer de la gente deste gremio y de que se procederá contra
ellos como contra la langosta, pues no han bastado otros muchos remedios que se han intentado, antes cada día hay
poetas nuevos, sin ser conocidos, ni sus versos, en España.
Item, habiendo visto las vanas presumpciones de los medios hidalgos y de atrevidos hombrecillos que con poco temor
se atreven a hurtar las ceremonias de los caballeros, hablando recio por la calle, haciendo mala letra en lo que escriben,
tratando siempre de armas y caballos, pidiendo prestado y haciendo otras muchas ceremonias y cosas que solo a los
caballeros son lícitas, mandamos que a los tales, siendo como va dicho, los llamen caballeros chanflones, motilones
y donados de la nobleza y hacia caballeros.
Item, por cuanto nos ha sido hecha relación por nuestros vasallos que se han perdido los cuatro nombres más principales
de la república, conviene a saber: hidalgos, estudiantes, arcabuces y escribanos, porque ya los hidalgos se llaman caballeros,
los estudiantes licenciados, los arcabuces mosquetes, y los escribanos secretarios; y como a Nos toca la reformación y
enmienda de esto, mandamos que so pena la nuestra desgracia cada uno tenga su título propio, con apercibimiento que se
procederá contra ellos como contra promovedores de escándalos en la república, con gran rigor. Y en esto encargamos
y mandamos a nuestros ministros tengan muy particular cuidado de que se guarde y cumpla y ejecute, con apercibimiento
que no lo haciendo se procederá contra ellos como más haya lugar de derecho y se ejecutarán en ellos las penas que a
los tales fueren impuestas.
También, habiendo visto la mucha desorden que hay en esto de las mujeres a quien ya por su edad las pueden llamar
madres o abuelas, mandamos que a todas las que fueren de treinta y ocho y cuarenta años el no reírse en las
conversaciones se entienda que no es por falta de alegría y contento, sino es de dientes.
Item, sabiendo las varias disimulaciones de los hombres vagamundos que hay en nuestras repúblicas, mandamos so
pena de la nuestra merced y de que se procederá contra ellos con gran rigor, que ninguno llame picado a lo que
verdaderamente es roto.
Y porque se han quejado los trabajos que a ellos les echan la culpa de las canas, malas caras y otras diminuciones
en que los hombres y mujeres van cada día, declaramos ser años y mandamos que de aquí adelante, pena de que
serán castigados con graves penas por rebeldes contumaces, que ninguno sea osado a llamarlos trabajos,
sino años y no de ninguna otra manera.
Otrosí, por las muchas iras y enojos, escándalos, venganzas, muertes y traiciones que en bandos y parcialidades suelen
suceder, vedamos todas las armas aventajadas y dañosas, como son pistolas, espadas, arcabuces y médicos.
Item, porque todas las cosas son más perfectas cuando se hacen a menos costa y con más orden, mandamos que
siendo, como es, necesario el castigo en el mundo para los malos, en lugar de potros y verdugos se use de necios.
Item, mandamos que no haya seda sobre seda, y que algunas mujeres con el nombre de doncellas no sirvan de lo que
no son.
Item, mandamos que puedan cualesquier de nuestras justicias prender a cualesquier personas que toparen de noche
con garabato, escala, o ganzúa, o ginovés, por ser armas contra las haciendas guardadas.
Item, mandamos que ninguno llame ayuno, devoción o templanza lo que verdaderamente fuere hambre y no poder más.
Item, mandamos poner en los calendarios del mundo los cabellos por mártires.
Item, asimismo mandamos que ninguna persona de cualquier estado o calidad que sea pueda tener nombre de valiente
si no fuere hijo de médico o lo pretendiere ser por línea de varón.
Item, asimismo nos ha parecido ordenar y ordenamos que no se casen mujeres grandes, por la honra de los maridos,
pues vemos que en la más pequeña mujer sobra para todo un barrio.
Otrosí, condenamos en los galanes de monjas los antecristos pensamientos, y teniendo consideración a que ellos y
los judíos se parecen en esperar sin fruto, los mandamos desterrar de nuestras repúblicas, por aguardadores y
imitadores de los que creen en la ley de Moisén; y si reincidieren en su obstinación y pertinacia los condenamos a
que coman en galeras los bizcochos que antes comían en sus locutorios y rejas con las monjas.
Item, habiendo advertido la multitud de dones que hay en nuestros reinos y repúblicas, y considerando el cáncer
pernicioso que es y cómo se va extendiendo, pues hasta el aire ha venido a tenerle y llamarse don-aire, y mirando
que imitan el pecado original en no escaparse de él nadie si no es Jesucristo y su Madre, mandamos recoger los
dones, dando término de tres días, después de la notificación a todos los oficiales para que se arrepientan de haberle
tenido.
Item, asimismo, que los Mendozas, Enríquez, Guzmanes y otros apellidos semejantes que las putas y moriscos
tienen usurpados, se entienda que son suyos como la Marquesilla en las perras, Cordobilla en los caballos y César
en los extranjeros.
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